El mencionado Consejo tendrá como objetivo permitir al Estado Municipal aprovechar los recursos existentes en los sectores públicos y privados, para generar políticas de prevención y promoción de la convivencia social con perspectiva de género.
Serán funciones y atribuciones del Consejo: asesorar a los organismos competentes en la materia para promover la prevención de la violencia y la promoción de la convivencia; brindar seguridad jurídica en la aplicación de las políticas públicas en materia de prevención de la violencia y la promoción de la convivencia, facilitando mecanismos de actuación protocolizados; proponer políticas públicas y recomendar obras de infraestructura en materia de Seguridad Vial y firmar convenios de cooperación técnica y profesional con instituciones y organismos provinciales, nacionales e internacionales.
En la Sesión Ordinaria, concejales aprobaron un decreto del Departamento Ejecutivo Municipal, donde se deja sin efecto el llamado a Licitación Pública de la Ordenanza N° 7454 en la que se proponía una “iniciativa privada” que consistía en la construcción de un espacio deportivo – cultural que albergaría la práctica de distintas actividades (conocido como Ciudad Deportiva).
Cabe señalar, que la mencionada iniciativa de los inversores proponía como contraprestación que les sea entregado en cesión de pago la Plaza “Manuel A. Ocampo”, ubicada en Sabattini y San Juan.
Conforme dicha normativa en la etapa contemplada por el artículo citado, previo a la adjudicación, el Municipio puede dejar sin efecto el llamado a licitación, sin que ello implique ningún reclamo futuro por parte de los oferentes ni de los autores de la iniciativa privada.
Por último, se aprobó la designación de Alejandro Mana como presidente del Ente Villa María Deporte y Turismo SEM.
Cabe desacar que en ese ulimo ema el bloque Uniendo Villa Maria dio a conocer su desacuerdo con la metodología de designación de autoridades para el Ente Deporte y Turismo por parte del Poder Ejecutivo Municipal (PEM). Aunque se reconoce que la facultad de designación recae en el PEM, se critica la concentración de poder y la falta de contralor en la gestión pública, especialmente en un organismo como el Ente Deporte y Turismo SEM, que está fuera del alcance del Tribunal de Cuentas local según su constitución legal.

Se argumenta que, a pesar de no ser un requisito legal, existe un deber ético y moral de poner a disposición de los bloques de la oposición los órganos de contralor de los Entes Municipales. Se señala la falta de respuestas a las solicitudes de información sobre balances de festivales pasados como ejemplo de la falta de transparencia. Se destaca la importancia del contralor para lograr transparencia y mejores resultados para los habitantes de Villa María. En consecuencia, se adelanta que el bloque apoyará la designación de directores, pero no respaldará la designación de síndicos para el Ente de Deporte y Turismo.