La Cámara Nacional del Trabajo aceptó este miércoles el pedido de la CGT y por medio de una medida cautelar suspendió los efectos del título IV del Decreto de Necesidad y Urgencia impulsado por el gobierno de Javier Milei para desregular la economía.
El fallo salió por mayoría y dio cuenta de las “importantes modificaciones de aplicación inmediata” del decreto impugnado con relación a diversos aspectos del ámbito laboral, como las modalidades contractuales, la protección contra el despedido arbitrario y el funcionamiento de las asociaciones gremiales, entre otros.
El constitucionalista Andrés Gil Domínguez, que promovió una demanda contra el DNU, afirmó: “Es un fallo excelentemente fundado donde se aplican los precedentes de la CSJ en la materia y queda demostrado que no existe una circunstancia excepcional y que el Congreso no pueda funcionar. Además es una lección sobre cómo se aplica la obra de Alberdi en la actualidad ante el intento del presidente Milei de sustituir al Congreso en la función legislativa”.
Por su parte, Jorge Rizzo, ex titular del Colegio Público de Abogados porteño y otro de los impulsores de una demanda contra el Decreto impulsado por el gobierno de La Libertad Avanza, aseveró: “Es un comienzo realmente halagüeño que pone de resalto que aún funciona en parte el Poder Judicial”. A su criterio, el fallo de la Cámara del Trabajo “condiciona a todos los demás fueros, en particular al Contencioso Administrativo en orden a que ese Poder Judicial es ‘único’ y no se trata de compartimientos estancos”.