El Mensajero

Por disposición nacional: los municipios no podrán aplicar impuestos y tasas en las boletas de servicios

El Gobierno oficializó este miércoles la «imposibilidad de que los municipios puedan aplicar tasas en las facturas de los servicios públicos, mediante la Resolución 267/2024 publicada en el Boletín Oficial.

La medida había sido anunciada por el ministro de Economía, Luis Caputo, durante la tarde del martes en su cuenta de X, al asegurar que «los municipios ya no podrán incluir impuestos y tasas en las facturas de servicios».

Ahora, la norma dispone que «la información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor».

En ese sentido, aclara que las boletas sólo podrán remitirse al cobro por la prestación brindada «no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable».

La medida gubernamental entra en vigencia desde este martes pero tendrá un plazo de adecuación de un mes, por lo que el impacto en las boletas de los servicios se verá recién en noviembre.

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