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La Justicia obliga al Gobierno a aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad

La Justicia Federal puso un punto final a la discusión sobre la puesta en marcha de la Ley de Emergencia en Discapacidad: declaró inválido el decreto presidencial que había suspendido su aplicación y ordenó que la norma entre en vigor de inmediato en todo el país. La decisión responde a un amparo colectivo y tiene impacto directo en miles de personas con discapacidad, sus familias y los prestadores de servicios que vienen reclamando medidas concretas para garantizar sus derechos.

El fallo, dictado por el Juzgado Federal de Campana, señaló que el artículo 2° del Decreto 681/2025 —publicado en septiembre pasado y que había dejado en pausa la ejecución de la ley— es inválido, y subrayó que no puede condicionarse la vigencia de una norma sancionada por el Congreso a la definición de fuentes de financiamiento. Con esta sentencia, la Ley 27.793, aprobada por el Parlamento en julio y destinada a declarar la emergencia en discapacidad hasta fines de 2027, debe aplicarse sin más demoras.

La controversia se había desatado cuando el Poder Ejecutivo promulgó la ley pero suspendió su aplicación hasta que el Congreso explicara de dónde saldrían los recursos para financiarla, alegando preocupaciones presupuestarias. Ese intento de posponer la entrada en vigencia de una ley sancionada por insistencia parlamentaria generó críticas y advertencias desde distintos sectores, que consideraron que la suspensión vulneraba derechos fundamentales.

Las organizaciones y familias que presentaron el amparo argumentaron que la suspensión de la ley dejaba sin protección a miles de personas con discapacidad y agravaba la crisis estructural que enfrentan muchos servicios esenciales, desde tratamientos médicos hasta transporte adaptado. En la causa se unieron numerosas asociaciones civiles, prestadores y familiares de todo el país, que coincidieron en que la medida del Ejecutivo profundizaba desigualdades y generaba incertidumbre sobre la continuidad de prestaciones básicas.

Para el juez, la pretensión del Ejecutivo de condicionar la aplicación de una ley aprobada por el Congreso constituyó un exceso manifiesto de sus facultades y una intromisión en las competencias del Poder Legislativo. El fallo también citó la obligación constitucional de respetar los derechos sociales y los estándares de no regresividad consagrados en tratados internacionales con jerarquía constitucional, y rechazó los argumentos fiscales esgrimidos por el gobierno.

Con esta resolución, el Estado nacional queda compelido a activar de manera urgente las medidas previstas por la Ley de Emergencia en Discapacidad, a la vez que la sentencia sienta un precedente importante sobre los límites del Ejecutivo para condicionar la vigencia de normas con fuerte impacto social, especialmente cuando están en juego derechos de grupos vulnerables.

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