La reforma laboral impulsada por el Gobierno propone incorporar un “banco de horas” dentro de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) para sustituir, al menos en ciertos casos, el pago tradicional de horas extras.
Bajo este mecanismo, los convenios colectivos podrían pactar que quienes cumplen jornadas extensas en épocas de alta demanda acumulen esas horas trabajadas para luego gozar de descansos o jornadas menores cuando baja la actividad, en lugar de cobrarlas al instante con recargo.
La iniciativa plantea que esta modalidad funcione solo si está incluida en un convenio colectivo homologado, con registro horario obligatorio, y que respete límites como las 48 horas semanales y al menos 12 horas de descanso entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente.
Desde los sindicatos, en particular la Confederación General del Trabajo (CGT), se adelantó que la reforma no será objeto de negociación si se considera un retroceso en los derechos laborales adquiridos.
La propuesta del Gobierno defiende que esta flexibilidad apunta a adaptar el mundo laboral a nuevas dinámicas productivas, aunque los críticos alertan sobre el riesgo de que se reduzcan períodos de descanso y se erosione la relación de dependencia.
El proyecto modifica al menos el artículo 197 bis de la LCT, y de aprobarse implicará un cambio sustancial en la manera en que se organiza la jornada laboral en el país.
Este avance del debate sobre la reforma laboral será relevante tanto para empleadores como para trabajadores, ya que redefine la perspectiva del tiempo de trabajo y del descanso compensatorio.

